El pasado 16 de enero de 2023 fue publicado en el Diario de Centro América el Acuerdo número 1529 de la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social que sustituye el anterior acuerdo número 1123 “Reglamento de Inscripción de Patronos en el Régimen de Seguridad Social”
Al respecto, destacamos a continuación los puntos más relevantes para su consideración:
INSCRIPCIÓN:
Los patronos que cuenten con uno o más trabajadores deben inscribirse ante el Seguro Social -IGSS- sin excepción alguna
ACTIVIDAD DE CONSTRUCCIÓN:
Se establece cuando una obra o parte de la obra se hubiera ejecutado, sin que el patrono estuviera inscrito ante el IGSS, la forma la inscripción la podrá hacer de oficio el IGSS tomando como base el 35% del valor total de la obra efectuada como la estimación de salarios de los trabajadores para poder calcular las contribuciones a la seguridad social.
VIGENCIA: Al día siguiente de su publicación, 17 de enero 2023
MULTAS: Se sancionará con Q500.00 de multa para la inscripción tardía, es decir, después de los 30 días que se cree la obligación de inscribirse.
OFICIO: Las inscripciones serán de oficio a través de la colaboración de las entidades que tiene a su cargo el registro de nuevos negocios y según la investigación y análisis de la institución.






